Navigation – Plan du site

AccueilRubriquesComptes rendus et essais historio...2008Izaskun Álvarez Cuartero y Julio ...

2008

Izaskun Álvarez Cuartero y Julio Sánchez Gómez (eds.), Visiones y revisiones de la Independencia americana. La Independencia de América: la Constitución de Cádiz y las Constituciones Iberoamericanas, Salamanca, Ediciones de la Universidad de Salamanca, 2007, 245 p.

Federica Morelli

Texte intégral

1Resultado de un coloquio que tuvo lugar en la Universidad de Salamanca en 2004, este volumen forma parte de un conjunto de publicaciones de la misma universidad en torno al proceso de independencias americano. El tema elegido para este coloquio fue el constitucionalismo, o mejor dicho, el papel desempeñado por las constituciones liberales ibéricas -la española de 1812 y la portuguesa de 1820- en los ordenamientos constituyentes de los países americanos emergentes.

2El libro está dividido en tres bloques. Los primeros tres estudios se centran en el análisis de los textos constitucionales peninsulares. El de Joaquín Varela Suanzez-Carpegna traza un interesante análisis comparado entre el constitucionalismo español y el portugués de la primera mitad del siglo XIX, mostrando no sólo sus semejanzas, diferencias y sus mutuas influencias, sino también su inserción en el contexto más amplio de la historia constitucional comparada, con particular referencia a los casos británico y francés. El artículo de José María Portillo aborda la cuestión del camino hacia el concepto constitucional de « nación », y el problema de la disociación de los conceptos de « nación » y « monarquía » en los momentos de la eclosión del primer constitucionalismo hispano, lo que, según el autor, hizo imposible detener el proceso emancipador. El tercer artículo de este primer bloque, de Fátima Bonifácio, trata acerca del « vintismo » o el movimiento liberal que sustenta lo que la autora denomina como la « mal llamada revolución del 1820 ». En este proceso, la Constitución de Cádiz aparece siempre como un referente para el ala más radical del liberalismo luso que de la constitución portuguesa de 1822, que rigiera durante poco tiempo a uno y otro lado del Atlántico, y que fue referencia para las primeras discusiones sobre un Brasil independiente.

3El segundo grupo de artículos está más volcado a la reflexión sobre la relación entre el proceso constitucional gaditano y América. El de Alberto Ramos se ocupa de cómo las noticias llegadas de América a partir de 1808, y con más fuerza desde 1810, pudieron influir en la redacción de los artículos y apartados de la constitución de Cádiz que trataban sobre los llamados asuntos de Ultramar, y hasta qué punto los constituyentes en Cádiz atendieron las expectativas de los americanos. El artículo de Manuel Chust trata de cómo la cuestión municipal ha sido tratada durante los debates en las Cortes, llegando a plantear que el poder municipal es uno de los vértices de la revolución gaditana. Por su parte, Miguel Molina Martínez analiza los efectos que tuvo en los territorios americanos la transformación del cabildo en ayuntamiento constitucional.

4El tercer y último bloque aborda el desarrollo constitucional en los diversos territorios americanos, siempre en relación con su referente gaditano. El primer artículo de este grupo, el de Natalio Botana, analiza cómo la idea de república se va imponiendo en el Río de la Plata durante la época insurgente: si bien en un principio la república tuvo asidero en los lenguajes y costumbres tradicionales de las ciudades, seguidamente, en forma casi simultánea, ésta hizo las veces de una forma de gobierno empeñada en incluir, bajo una supremacía en formación, a esas ciudades que con empeño defendían una autonomía recién adquirida. El artículo de Andréa Slemian describe el complejo proceso que vivió Brasil desde que las Cortes portuguesas dejaron de ser reconocidas en ultramar y se convocó una asamblea constituyente, cuyas deliberaciones fueron suspendidas por un golpe de estado auspiciado por el emperador; momento a partir del cual el monarca otorgó una Carta de Ley, la de 1824, de carácter fuertemente unitario y conservador, con amplias competencias otorgadas a la cabeza del Estado, y que marcó el Brasil monárquico hasta los tiempos de la República. El artículo de Inés Quintero, dedicado al caso venezolano, analiza cuál fue la respuesta que se dio en Caracas a los sucesos de la península y a las distintas convocatorias electorales que se dieron en esos años; cómo se condujeron respecto a la Constitución de Cádiz, y los mandatos institucionales de las Cortes a las autoridades que tuvieron a cargo la conducción de ese territorios. El último artículo, de Ivana Frasquet, aborda el tema de la jura a la constitución de Cádiz en México durante el bienio 1820-1821; la atención no está puesta tanto en la descripción de las celebraciones sino, sobre todo, en la extensión geográfica del fenómeno, argumento sustentado sobre una amplia documentación.

5Respecto a otras recopilaciones de ensayos sobre la independencia que, en razón del bicentenario,  estén siendo publicados en estos últimos tiempos, el libro coordenado por Izaskun Alavarez Cuartero y Julio Sánchez Gómez tiene la ventaja de construirse en torno a una temática muy precisa: la constitución de Cádiz y su trascendencia en el Nuevo Mundo. Otro mérito del libro reside en haber incluido, contrariamente a muchos otros, la experiencia luso-brasileña. Pese a ello, es necesario hacerle algunas críticas relativas al tema elegido y a la manera de abordarlo.

6En primer lugar, en esta última década, particularmente en estos últimos años, el tema del constitucionalismo gaditano, no sólo en el contexto europeo sino también americano, ha sido ampliamente investigado por la historiografía española, tanto por los historiadores del derecho como por los historiadores tout court1. En relación a este aspecto, Visiones y revisiones de la Independencia americana no ofrece interpretaciones innovadoras en ese sentido, sino que se limita a reproducir temáticas ya abordadas en otros trabajos, incluso de los mismos autores.

7En segundo lugar, a pesar del título y de las intenciones de los editores, el libro no se ocupa del constitucionalismo iberoamericano o de cómo la constitución gaditana pueda haber influido en este, a excepción en parte del artículo de Natalio Botana sobre el caso rioplatense. Nos parece, en resumidas cuentas, que se hace excesivo hincapié en la dimensión peninsular sin considerar la experiencia constitucional en un contexto más amplio europeo (con la excepción significativa del artículo de Joaquín Varela Suanzes-Carpegna) o atlántico, tomando en cuenta las estrechas relaciones y los continuos intercambios entre Europa y América durante ésta época, los cuales no se limitaron a una mera “americanización” de los eventos provocados por la crisis de la monarquía, sino a unos efectos de retorno raramente considerados por la historiografía.

8Finalmente, hay que subrayar que algunos artículos del volumen insisten demasiado en la ruptura que el constitucionalismo gaditano produce en el mundo hispano. En tal sentido, aunque hay que reconocer que muchos elementos de esta experiencia provocan unos cambios a nivel de las teorías y de las prácticas políticas, una parte de la historiografía –no sólo española, sino también europea- ha igualmente puesto en evidencia las continuidades entre las experiencias constitucionales del siglo XIX y el Antiguo Régimen, considerando el liberalismo del ochocientos como una “frontera móvil” entre las sociedades corporativas y jerarquizadas, y las sociedades individualista-propietarias de tipo moderno2.

9Creemos que el bicentenario de la revolución liberal española y de las independencias americanas, más que una ocasión para satisfacer afanes editoriales, debería representar una oportunidad para los historiadores a fin de proponer nuevos planteamientos y hacer nuevas reflexiones sobre antiguos y nuevos temas asociados con tales procesos, de manera que puedan hacer frente a los desafíos y problemas de la actualidad.

Haut de page

Notes

1 Sólo para enumerar los más importantes: el numéro monográfico del Anuario de Historia del Derecho Español (tomo LXV, 1995) coordenado por Francisco Tomás y Valiente y dedicado a la Constitución de 1812 ;  José María Iñurritegui y José María Portillo, Constitución en España : orígines y destinos, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 1998 ; Manuel Chust, La cuestión nacional americana en las Cortes de Cádiz, Valencia, UNED-UNAM, 1999 ; Bartolomé Clavero, Marta Lorente, José María Portillo, Pueblos, Nación Constitución (en torno a 1812), Vitoria-Gasteiz, Ikusager, 2004 ; Manuel Chust (Coord.), Doceañismo, constituciones e independencia. La constitución de América de 1812, Madrid, Mapfre, 2006.
2 Véase, en este sentido, Carlos Garrica y Marta Lorente, Cádiz, 1812. La constitución jurisdiccional, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2007.
Haut de page

Pour citer cet article

Référence électronique

Federica Morelli, « Izaskun Álvarez Cuartero y Julio Sánchez Gómez (eds.), Visiones y revisiones de la Independencia americana. La Independencia de América: la Constitución de Cádiz y las Constituciones Iberoamericanas, Salamanca, Ediciones de la Universidad de Salamanca, 2007, 245 p. »Nuevo Mundo Mundos Nuevos [En ligne], Comptes rendus et essais historiographiques, mis en ligne le 20 janvier 2008, consulté le 28 mars 2024. URL : http://journals.openedition.org/nuevomundo/18973 ; DOI : https://doi.org/10.4000/nuevomundo.18973

Haut de page

Droits d’auteur

CC-BY-NC-ND-4.0

Le texte seul est utilisable sous licence CC BY-NC-ND 4.0. Les autres éléments (illustrations, fichiers annexes importés) sont « Tous droits réservés », sauf mention contraire.

Haut de page
Rechercher dans OpenEdition Search

Vous allez être redirigé vers OpenEdition Search